Conocer la denominación de origen de un producto es una garantía a la hora de escoger un vino. Nos ayuda a reconocer sus particularidades, situarlo geográficamente, asociarlo con un paisaje determinado…
“Somos aquello que bebemos y lo que comemos. Por eso nos gusta saber de dónde viene lo que bebemos y comemos.”
Nos gusta saber que un vino es DOQ Priorat, DO Montsant, DO Terra alta… porque nos aporta una gran tranquilidad. Sabemos que aquel vino cumplirá unos requisitos mínimos de calidad y que estará elaborado según unas normas, con unas variedades de uva determinadas y prácticas vinícolas, enológicas, y de envejecimiento previamente establecidas.
Así, podemos decir que una denominación de origen (DO) es una indicación geográfica que garantiza el origen y la calidad de un vino.
Les DO de nuestra tierra
Actualmente encontramos 12 DOs catalanas: Alella, Catalunya, Cava, Conca de Barberà, Costers del Segre, Empordà, Montsant, Penedès, Pla del Bages, Priorat (ésta con el distintivo de calificada), Tarragona y Terra Alta.
En cada zona, la geografía, el clima y las variedades de uva cambian y hacen que los vinos que se elaboran sean diferentes. Por lo tanto, la DO se convierte en parte esencial de la identidad de un vino.
No solo para el vino
La denominación de origen no es un sistema exclusivo del vino. Se aplica también a otra bebidas espirituosas (la ratafía catalana, las hierbas de Mallorca) y productos alimenticios (el aceite de Siurana, el queso del Alt Urgell y la Cerdanya, la avellana de Reus, el arroz del Delta de l’Ebre, la pera de Lleida, la mongeta del ganxet…). Todos ellos son productos de calidad diferenciada y se encuentran protegidos.
Cuando podemos hablar de Denominación de Origen «Calificada»?
En el año 2000 le fue concedida a Priorat esta distinción. Así pues cuando hablamos de vinos del Priorat y nos referimos a su denominación de origen hay que añadirle «Ca.» distintiva de Denominación de Origen Calificada (DOCa.). El Priorat y La Rioja son las 2 únicas DOCa.s españolas que gozan de esta distinción.
Esta categoría está reservada sólo a aquellos vinos que hayan alcanzado altas cotas de calidad durante un largo periodo de tiempo.
Entre los requisitos necesarios para alcanzar este estatus se incluye que hayan pasado al menos 10 años desde el reconocimiento como DO, cumplir rigurosos sistemas de control y que todos los vinos que se comercialicen hayan sido embotellados desde los propios bodegas inscritas.
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